INFRAESTRUTURA MÉDICA PARA LA POBLACIÓN MARGINADA
Propuestas para el uso y transparencia de los fondos del
Fideicomiso de Protección Social en Salud en el PEF 2009
“¿Cuántos más tenemos que morir para que atiendan nuestra petición?”
Una comunidad indígena na savi de la Montaña de Guerrero no cuenta con servicios de salud y cuando se trasladan enfermos de esa comunidad a la clínica de la cabecera municipal, no los atienden. Por ese motivo, se han muerto ya 6 personas en los 2 últimos años por no haber podido recibir atención médica, cuando sufrían de enfermedades curables. Las autoridades de la comunidad llevan varios años alertando al gobierno de Guerrero sobre esa situación, exigiendo una atención médica en Mini Numa, sin embargo las autoridades no les hacen caso. [1]
Resumen ejecutivo
A pesar de que en México se incluyó en la Constitución el derecho a la salud, el ejercicio de este derecho no es una realidad para amplios grupos de población. Una de las razones que explican la exclusión de este derecho es que en el país existe una insuficiencia histórica de infraestructura sanitaria, especialmente en los estados con mayor grado de marginación. El ejercicio pleno del derecho a la salud implica que exista acceso y disponibilidad de servicios sanitarios (físico, geográfico, económico).
La Secretaría de Salud ha reconocido el fallo estructural en materia de infraestructura sanitaria:
La oferta de servicios médicos del Seguro Popular (SP) podría ser rebasada por la demanda de la población. Este es un riesgo real ante la insuficiente infraestructura de clínicas y hospitales, pero su actualización requeriría una inversión de 80 mil millones de pesos en los próximos seis años. Así lo reconoció el secretario de Salud, José Ángel Córdova Villalobos...
No obstante el reconocimiento del problema, la respuesta del gobierno federal no ha sido la apropiada para resolverlo:
1.- En años recientes hubo una desaceleración del incremento de unidades médicas de consulta externa para fortalecer al sistema de salud con lo que se mejoraría el acceso y disponibilidad de servicios sanitarios primarios para la población abierta.
2.- Las unidades de hospitalización siguen siendo escasas. El fortalecimiento de la hospitalización se ha dado sobre todo con unidades integrales comunitarias y escasamente con hospitales generales y de especialidad que tienen mayor resolución médica.
3.- Pocos hospitales generales en zonas marginadas. En los estados más marginados, en los cuales la mayoría de su población no es derechohabiente de la seguridad social, en años recientes se han construido solo dos hospitales generales.
4.- Las deficiencias en el número de consultorios médicos es preocupante. En el caso de los consultorios médicos también se registró una desaceleración de su incremento en años recientes. Puede observarse que existe una disparidad del número de consultorios médicos por cada 10,000 habitantes entre los estados. En el año 2005 la media nacional era de 4.6 consultorios y los estados Chiapas (2.6) y Oaxaca (3.7), que tienen muy alto grado de marginación, se encuentran muy por debajo de la media así como los estados de Puebla (3.1), Michoacán (3.2), San Luis Potosí (3.4) y Veracruz (3.7), que tienen alto grado de marginación.
5.- Se ha dejado de invertir el 70 por ciento de los recursos para infraestructura médica, aprobados por los Legisladores. Las graves deficiencias en el mantenimiento y creación de nueva infraestructura debieran ser financiadas con recursos del Fondo de Previsión Presupuestal, FPP, integrados en el Fideicomiso de Protección Social en Salud, creado en 2004, y que es administrado y operado por la Comisión de Protección Social en Salud. Para muchos estados este Fondo es la principal fuente de recursos para la creación o ampliación de clínicas y hospitales así como su equipamiento, sin embargo:
- No obstante que en el periodo 2004 – 2007 se transfirieron al Fideicomiso [2] 3,303 millones de pesos destinados al Fondo de Previsión Presupuestal para cubrir las necesidades de infraestructura [3], en el mismo periodo solamente egresaron 1,005 millones pesos, lo que significa que el 70 por ciento no fue invertido en los renglones aprobados por los Legisladores.
- Para 2008 se aprobaron 1,999 millones de pesos pero no es posible saber cuanto se ha erogado del Fideicomiso pues esa información no se presenta públicamente. Es preocupante la opacidad en la administración del Fideicomiso.
6.- Aunque la normatividad señala la priorización de las zonas de mayor marginación para el desarrollo de infraestructura médica, las decisiones gubernamentales no reflejan esta prioridad. De acuerdo con los Criterios metodológicos para la identificación de las entidades federativas con mayor marginación social para efectos de la asignación de la previsión presupuestal , los recursos para el fortalecimiento de infraestructura deben aplicarse en zonas de alta y muy alta marginación en el país. No obstante, la inversión ha sido escasa en estas zonas:
La inversión del Fondo de Previsión Presupuestal en el periodo 2004-2007 de 1,005 millones de pesos [4] para 23 estados y en 9 entidades no se ha invertido un solo centavo del Fondo. Destaca la precaria inversión de las entidades de muy alta marginación y grandes carencias de infraestructura: Guerrero y Oaxaca, así como los de alta marginación, Veracruz, Hidalgo (sin inversión), Puebla, y Michoacán.
7.- Es evidente que el esfuerzo federal no se corresponde con la urgencia de contar con más y mejores unidades médicas para resolver las necesidades sanitarias de la población más marginada.
8.- Existen recursos -y criterios para su aplicación- para la creación de nueva infraestructura, sobre todo en zonas altamente marginadas, sin embargo el proceso de erogación de los recursos del Fondo de Previsión Presupuestal no atiende las necesidades urgentes. No basta con que los proyectos de inversión estén inscritos en el Plan Maestro de Infraestructura, tampoco ha sido suficiente el criterio de priorización de las zonas más marginadas pues en la práctica no se ha cumplido a cabalidad.
Por todo lo anterior, es urgente que los Legisladores incluyan disposiciones en el artículo 39 del Decreto del PEF 2009 para que la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Nacional de Protección en Salud:
I. Priorice la transferencia de recursos federales hacia proyectos de inversión en los municipios y estados con mayor marginación y carencia de infraestructura médica.
ll. Transparencia y rendición de cuentas:
a. Difunda los criterios para la definición de las obras a financiar con los recursos del Fondo de Previsión Presupuestaria, así como los Acuerdos del Comité Técnico del Fideicomiso del Sistema de Protección Social en Salud para la autorización de desembolsos para el fortalecimiento de infraestructura.
b. Informe sobre los proyectos de obras e inversiones a realizarse con los recursos del Fondo de Previsión Presupuestaria.
c. Informe sobre los ingresos acumulados, las aportaciones federales, los egresos, los egresos acumulados y el saldo neto del período del Fondo de Previsión Presupuestaria, del Fideicomiso de Protección Social en Salud. Dicha información deberá detallar el destino de los recursos por entidad federativa, centro, hospital o instituto así como la fecha de radicación de los fondos.
La información deberá ser publicada en las páginas de Internet de las Unidades de Protección Social en Salud en las entidades federativas, y de la Comisión Nacional de Protección Social en Salud.
lll. Incluya dentro de los indicadores de monitoreo y evaluación del Sistema de Protección Social en Salud dos indicadores: uno que permita evaluar el avance en la infraestructura médica de los proyectos de obras incluidos en el Plan Maestro de Infraestructura que emita la Secretaría de Salud; y otro que mida el impacto de los proyectos de obra concluidos en las carencias nacionales, estatales y municipales de infraestructura médica para una adecuada atención a la población.
[1] Ángeles Cruz Martínez, La Jornada , 21 de diciembre de 2006.
[2] Comisión Nacional de Protección Social en Salud, “Informe de Resultados al Primer Semestre de 2008”, México, 2008.
[3] Y para atender las diferencias imprevistas en la demanda de servicios durante cada ejercicio fiscal, así como la garantía de pago por la prestación interestatal de servicios.
[4] Fundar con datos de la Secretaría de Salud, respuesta con fecha 29 de julio de 2008 derivada de la Resolución del Pleno del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública, respecto del recurso de revisión de la solicitud de información No. 0001200037008.
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