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La renovación de las y los Ombudsman
El escenario para este año tiene un tamiz preponderantemente electoral, pues además de los comicios federales -por los cuales se renovarán los 500 escaños de la Cámara de Diputados- y estatales, se suman una serie de procesos de elección tanto en el Poder Judicial[2] como en algunos organismos autónomos: el Banco de México, el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y algunas comisiones estatales.[3] La renovación de las y los Ombudsman es el tema de este artículo. Hablar de la renovación de las y los Ombudsman es fundamental, pues son -o deberían ser- las instituciones más importantes para la defensa y protección de los derechos humanos de las personas que habitan y transitan por el país. Y los procesos de elección de sus titulares y Consejos Consultivos (CC) -u homólogos- son imprescindibles para su estabilidad, fortalecimiento y legitimidad. Entre los requisitos imprescindibles para el fortalecimiento de estos mecanismos de protección están:[4] el establecimiento de estándares claros, transparentes e incluyentes para la elección de las personas titulares de estos organismos públicos por un lado, y, por otro, de las y los integrantes de sus CC. Estos estándares deben incluir, además, plena transparencia en los procedimientos y criterios de selección; amplia publicidad; acceso a la información relacionada con todo el proceso y todas las decisiones; pluralidad en la audiencia e integración del Consejo; y promoción exhaustiva de mecanismos para la participación ciudadana en la elección, con la finalidad de afianzar la legitimidad de origen y gestión del órgano. Sin embargo, la mayoría de estos procesos de elección han sido cerrados a la sociedad, opacos, sin criterios que aporten certeza y sin tomar en cuenta las propuestas ciudadanas. Los matices varían de entidad a entidad, incluso a nivel nacional, pero son las constantes. Por poner un ejemplo, el proceso para elegir al titular de la Comisión de Derechos Humanos de Sonora está inconcluso desde noviembre de 2008, pues el Gobernador pretende que se ratifique al actual Presidente, y al interior del Congreso local no hay acuerdos. Otro caso que ilustra lo anterior, es el proceso de elección de dos integrantes del Consejo Consultivo de la CNDH,[5] inconcluso desde 2007. El panorama es poco alentador, pues al rezago en la renovación de esos dos lugares (2007) se suman, dos rezagos más del año pasado (2008) y las dos renovaciones correspondientes a este año. A ello hay que agregar la renovación más trascendental, la de su titular. Todos estos procesos deben realizarse en 2009. Las razones detrás del empantanamiento de los cambios en el Consejo: diferencias entre los partidos políticos para tomar la decisión, pues cada fracción tiene una candidatura diferente. El PRI se inclina por la ratificación, el PAN tiene dos candidaturas y el antes llamado Frente Amplio Progresista (FAP) impulsa candidaturas ciudadanas. En los tres casos, falta dar causa justificada de porqué se considera a tales personas idóneas para el cargo. A esto se suma una nueva conformación al interior de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, pues dos de sus integrantes contenderán por el gobierno de su estado. Ante este escenario, un grupo amplio de organizaciones de la sociedad civil iniciamos desde 2007 trabajos de análisis y reflexión para fortalecer a los Organismos Públicos de Derechos Humanos (OPDH), bajo el nombre de Relevos 2009,[6] justamente para vigilar, monitorear e incidir en las reglas que regirán los procesos de renovación de titulares e integrantes de sus Consejos Consultivos. La estrategia ha contemplado una serie de acciones, todas subrayando que los procesos de elección de sus titulares y consejeros ciudadanos deben ser transparentes, públicos y con participación ciudadana. Este año se arrancan los trabajos con el foro "Renovación de las y los Ombudsman: perfil y procesos" , el cual pretende abonar a la construcción de un diseño institucional consolidado. ¿Qué se espera? Un compromiso serio de los órganos responsables de estos procesos de elección, en su mayoría -si no es que en todos- la responsabilidad recae en el Poder Legislativo. Pues la renovación en sentido amplio de las y los Ombudsman, de los OPDH, inicia sólo con estos procesos.
__________________________________________________________________________________________________________ 1 Investigadora del proyecto Monitoreo y Vínculo con el Poder Legislativo de Fundar, Centro de Análisis e Investigación, A.C. Da seguimiento a las Comisiones de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados y del Senado de la República / itzel@fundar.org.mx 2 El 30 de noviembre de este año los Ministros Mariano Azuela Güitrón y Genaro Góngora Pimentel terminan sus funciones, por lo que deberán elegirse dos lugares al interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). De acuerdo con el artículo 96 constitucional: "el Presidente de la República someterá una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Ministro que deba cubrir la vacante. La designación se hará por el voto de las dos terceras partes de los miembros del Senado presentes, dentro del improrrogable plazo de treinta días. Si el Senado no resolviere dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de Ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República. En caso de que la Cámara de Senadores rechace la totalidad de la terna propuesta, el Presidente de la República someterá una nueva, en los términos del párrafo anterior. Si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República". 3 Las comisiones de derechos humanos que tendrán procesos de elección o posible ratificación en 2009 son: Sonora (pendiente desde noviembre del año pasado), Distrito Federal, San Luis Potosí, Coahuila, Hidalgo, Baja California, Baja California Sur, Tlaxcala, Veracruz y Estado de México. 4 Ver M. Checa, Un acercamiento al trabajo de las Comisiones de Derechos Humanos del Congreso de la Unión , México, Fundar, 2008, p. 36. 5 De acuerdo con el Apartado B del artículo 102 constitucional el Senado de la República elegirá por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión , con la misma votación calificada a las personas que integren su Consejo y a su titular. La Ley determinará los procedimientos a seguir para la presentación de las propuestas. Los artículos 17 y 18 de la Ley de la CNDH amplían las consideraciones para este proceso. 6 A la fecha está formado por la Academia Mexicana de Derechos Humanos (AMDH), Católicas por el Derecho a Decidir, Centro de Derechos Humanos "Fray Francisco de Vitoria, O.P.", Comunicación e Información de la Mujer (Cimac), Fundar, Centro de Análisis e Investigación, Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) y Salud Integral para la Mujer (SIPAM).
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